Castigo. Las penas oscilan entre 6 meses y 6 años de reclusión
La Razón (Edición Impresa) / Freddy Choque / La Paz
02:10 / 26 de julio de 2014
La zoofilia (acto sexual con animales), tráfico, biocidio (matanza injustificada), apropiación indebida, incumplimiento a las normas de faena, homicidio, lesión y tortura contra cualquier especie son los ocho delitos que plantea un proyecto de ley.
María Chuca, diputada oficialista y proyectista de la Ley General de Defensa para los Animales, explicó que el propósito de la norma, tratada actualmente en la Cámara de Diputados, es determinar los mecanismos de defensa de las especies del país, establecer sus derechos y modificar el Código Penal para la inclusión de delitos.
En la disposición adicional (delitos cometidos contra animales y provocados por animales) del proyecto de ley se tipifica ocho tipos de delitos. “El primero es la zoofilia, que está referido a castigar con tres a cinco años de cárcel al que tuviese relación carnal con un animal o le introdujere objetos con fines libidinosos”, indicó la legisladora.
La apropiación indebida y el tráfico ilegal de animales domésticos será sancionado con uno a tres años de reclusión, y el biocidio animal, con tres a cinco años. “El proyecto establece sanciones para el que incurriere u ordene matar a un animal con ensañamiento, a consecuencia de tortura, intervención quirúrgica o tratamiento innecesario”, acotó.
Al respecto, la presidenta de Animales SOS, Susana del Carpio, mencionó en una anterior oportunidad que impugnará la norma debido a que no está de acuerdo con este punto. “Por ejemplo, si yo tengo dos perras longevas y me voy un día al exterior, sé que nadie las cuidará como yo. No las voy a exponer a que sufran, prefiero hacerlas dormir. Pero esa ley no contempla estas situaciones”.
El presidente de Qanasa Animales, Paulo Poma, cuestionó a Del Carpio al mencionar que la norma fue elaborada por más de 20 organizaciones defensoras de animales. “La señora participó en la redacción y nunca objetó. Sí pidió que se sancione y se prohíba el abandono de perros y gatos, pero eso es tuición de las municipalidades”.
Entre otros delitos, la norma plantea castigar la tenencia y tráfico ilegal de animales con cuatro a seis años de prisión; dos a cuatro años para el incumplimiento de normas vigentes de faena en animales de consumo. Las faltas de homicidio y lesión culposa (cuando fuere causado por ataque de un animal) tendrán sentencia de seis meses a seis años, y la tortura, de tres a cinco años.